Si tu coche ya no funciona y quieres traspasarlo, da igual si lo entregas a un particular, a un desguace o a un compraventa: la documentación que te van a pedir es prácticamente la misma. La diferencia entre cerrar la operación en una tarde o arrastrarla durante semanas suele estar en tener los papeles preparados antes de empezar.
Esta es la lista exacta de lo que necesitas, para qué sirve cada documento y qué pasa si te falta alguno.
Documentos obligatorios
1. Permiso de circulación
Es el documento que acredita que el vehículo está dado de alta en la DGT a tu nombre. Sin él no puedes transferir la titularidad. Si lo has perdido, pide un duplicado en la sede electrónica de la DGT antes de iniciar cualquier trámite (28,30 € de tasa).
Si el coche está a nombre de una persona fallecida, necesitarás además la aceptación de herencia o el cuaderno particional. Sin eso, ningún comprador profesional puede formalizar la operación.
2. Ficha técnica (tarjeta ITV)
Acredita las características del vehículo: marca, modelo, número de bastidor, motor, cilindrada. Tiene que coincidir con el permiso de circulación.
Aquí surge la duda más común: ¿necesito tener la ITV en vigor? No. Puedes traspasarlo con la ITV caducada o desfavorable, pero el comprador debe estar informado y, si lo va a circular, tendrá que pasarla antes. Si el destino es despiece o achatarramiento, da igual el estado de la ITV.
3. Contrato de compraventa
Es el documento que protege a ambas partes y prueba que tú ya no eres el responsable del vehículo desde la fecha de la firma. Esto es clave: hasta que no haya contrato firmado y cambio de titularidad, las multas, el IVTM y cualquier responsabilidad civil siguen siendo tuyas.
El contrato debe incluir:
- Datos completos del vendedor y comprador (nombre, DNI, dirección)
- Matrícula, número de bastidor, marca y modelo
- Precio acordado y forma de pago
- Estado real del vehículo (importante declarar que está averiado)
- Fecha, lugar y firma de ambas partes
Conserva una copia. Si el comprador no tramita la transferencia, esa copia es lo que te salva ante cualquier sanción posterior.
4. Último recibo del IVTM (Impuesto de Circulación)
El recibo del año en curso pagado. La gestoría o el comprador profesional lo necesita para tramitar el cambio de nombre en Tráfico. Si no lo tienes, pídelo en tu ayuntamiento o descárgalo desde la sede electrónica.
5. DNI o NIE en vigor
Imprescindible. Si el titular es una empresa, hace falta CIF, escritura de constitución y poder del representante.
Documentos según el destino del vehículo
| Destino | Documentos extra |
| Venta a particular | Justificante de transferencia tras la operación |
| Venta a compraventa profesional | Solo los obligatorios (ellos gestionan la transferencia) |
| Entrega a desguace autorizado (CAT) | Certificado de destrucción + baja definitiva en DGT |
| Coche siniestrado por aseguradora | Informe pericial + carta de cesión |
El certificado de destrucción: cuándo lo necesitas
Si el coche va a un desguace, no se hace transferencia, se hace baja definitiva. Solo los Centros Autorizados de Tratamiento (CAT) pueden emitir el certificado de destrucción, que es el documento que la DGT exige para borrar el vehículo del registro.
Esto te interesa por dos razones:
- Dejas de pagar el IVTM al año siguiente
- No respondes nunca más por ese coche (multas, abandono, contaminación)
Si entregas el coche a un desguace que no es CAT, la baja no se tramita y el vehículo sigue a tu nombre. Es uno de los errores más caros que comete la gente.
Qué pasa si falta algún documento
- Sin permiso de circulación: duplicado en DGT antes de cualquier operación.
- Sin ficha técnica: duplicado en una estación ITV (entre 20 y 40 €).
- Sin recibo del IVTM: descarga en sede del ayuntamiento.
- Coche con embargo, reserva de dominio o leasing pendiente: no se puede transferir hasta levantar la carga. Consulta el informe del vehículo en la DGT (8,67 €) para detectarlo antes de empezar.
El siguiente paso una vez tienes la documentación
Con los papeles listos, el siguiente bloque de decisión es a quién entregárselo. Si el coche está averiado y no compensa repararlo, lo más rápido suele ser un servicio especializado que tasa, retira y gestiona la baja sin que tengas que mover el coche. Aquí explicamos cómo funciona ese proceso paso a paso: cómo funciona la retirada y gestión de un vehículo averiado.
Documentación necesaria para traspasar un coche averiado Preguntas frecuentes
¿Puedo traspasar un coche sin ITV en vigor?
Sí. La ITV caducada no impide la transferencia, pero debe constar por escrito en el contrato y el comprador asume la obligación de pasarla antes de circular.
¿Quién paga el cambio de nombre?
Por norma lo paga el comprador, pero conviene pactarlo en el contrato. La tasa de transferencia en DGT es de 55,70 € para turismos.
¿Y si el comprador no hace la transferencia?
Tienes 10 días desde la firma del contrato para comunicar el traspaso a la DGT por tu cuenta presentando el contrato firmado. Eso te libera de responsabilidad aunque el comprador no tramite nada.
¿Necesito dar de baja el coche antes de venderlo?
No, salvo que vaya directo a desguace. Si lo entregas a un particular o profesional, la baja no es necesaria: se hace transferencia.
¿Qué documento prueba que ya no soy el dueño?
El justificante de transferencia que emite la DGT, o el certificado de destrucción si fue a desguace. El contrato de compraventa firmado es la prueba intermedia mientras se tramita.